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Cambio en el sistema de notificación de multas para empresas

En los últimos años se han producido cambios importantes en el modo de notificación de las denuncias por infracciones de circulación a las empresas con la finalidad de conseguir una mayor eficiencia y transparencia.

Cambio en el sistema de notificación de multas para empresas 

Con estos objetivos, se ha pasado de la notificación por correo postal a la notificación electrónica. De este modo, las notificaciones se producen más rápido y eficiente resolviendo los problemas que antes se producían por retrasos y dificultades en la entrega.

Del mismo modo y por las mismas razones se ha instaurado un sistema de seguimiento en línea que permite a las empresas conocer el estado de sus expedientes sancionadores, su historial de infracciones, así como presentar sus recursos y alegaciones de forma inmediata y económica, reduciéndose muy significativamente el tiempo de resolución de dichos expedientes.

En ApoderdoDEV, ofrecemos un asesoramiento personalizado en la tramitación de las multas, nos encargamos de gestión la DEV de las empresas, además de realizar la identificación de los conductores. Infórmate sin compromiso 91 557 68 50

Hay que tener en cuenta que desde noviembre de 2022 toda persona jurídica está obligada a darse de alta en la Dirección Electrónica Vial, siendole asignada una de oficio en caso de no hacerlo.

No obstante, y a pesar de ser un proceso más rápido y eficaz es necesario que la persona interesada deba estar atenta a dichas notificaciones que pueden darse incluso en períodos inhábiles, vacaciones etc, lo que podría producir que la notificación estuviera a disposición del interesado en 10 días, tras los cuales se produce su caducidad sin poder acceder a la misma, originando la continuación del procedimiento sancionador sin conocimiento del interesado y dándose paso a la sanción por incumplimiento de la obligación de identificar o bien a un procedimiento ejecutivo exigiéndose el importe total de la deuda sin posibilidad de reducción y con el 20% de recargo.

María Oliva Gómez Olmeda – Abogada CEA

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